Definen nuevos topes de aumentos de las prepagas

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Los planes de cobertura de medicina privada deberán admitir la afiliación de usuarios de cualquier rango etario.

Ajustes en las prepagas

La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) estableció este miércoles que las prepagas podrán aplicar precios diferenciales en las cuotas dentro de un mismo plan, según la edad del afiliado.
Además, las entidades de medicina privada deberán admitir la afiliación de todas las franjas etarias en su cobertura sin excepción.
La medida fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial a través de la resolución 2407, en los últimos días del gobierno de Alberto Fernández. Por su parte, la resolución indica que aquellos que superen los 65 años con más de 10 de ser afiliado, no se les puede aplicar el aumento en razón de su edad. En esa línea, el Gobierno indica que “no se les puede aplicar el aumento en razón de su edad”.

Cuáles son los principales cambios que aplicó el Gobierno

De acuerdo a la resolución 2407, dicta las siguientes modificaciones:
Las prepagas podrán establecer valores diferenciales de cuota dentro de un mismo plan, en función de franjas etarias.
Los planes de cobertura deberán admitir la afiliación de usuarios de cualquier edad sin excepción.
Las entidades de medicina prepaga podrán establecer precios diferenciales en sus planes según las franjas etarias, “con una variación máxima de tres veces entre el precio de la primera y la última”.

Salud y prepagas

Los valores máximos que se podrán aplicar a los mayores de 65 años.

Aquellas personas que superen los 65 años y se encuentren afiliados a la entidad con más de 10 de antigüedad, no se les podrá aplicar el aumento en razón de su edad.
En cambio, los que no superen los 10 años de afiliación a la entidad y tengan entre 65 y 69 años, los incrementos en las cuotas serán:

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Aumento del 30% para quienes tienen menos de seis meses de antigüedad.
Aumento del 27% para un año.
Aumento del 24% para dos años.
Aumento del 21% para tres años.
Aumento del 18% para cuatro años de antigüedad.
Aumento del 15% para cinco años de afiliación.
Aumento del 12% para seis años.
Aumento del 9% para siete años.
Aumento del 6% para ocho años de antigüedad.
Aumento del 3% para nueve años.
En cambio, para las personas de 70 a 74 años, esos aumentos irán del 60% a 6%; y para los mayores de esa edad, de 100% a 10%.

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