La ANMAT prohibió la venta de un aceite de oliva por considéralo “ilegal”. La resolución se publicó este viernes en el Boletín Oficial y la medida fue tomada por irregularidades en el Registro Nacional de Establecimiento y el de Producto Alimenticio.
Luego de una investigación llevada a cabo por INAL a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA), la Resolución 8698/2023, firmada por el titular del organismo de control, Manuel Limeres, estableció la prohibición de su uso, distribución y venta, debido a que las especificación pertinentes para su comercialización son inexistentes en las bases de información de las autoridades sanitarias jurisdiccionales competentes.
De acuerdo a lo detallado en el Boletín Oficial, la prohibición es para: “Aceite de oliva extra virgen, marca San Marcos Cuyanos, RNE: 020-52375, RNPA: 03176054, Procedencia Mendoza, Envasado por San Marcos Cuyanos S.A.”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al indicar números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”
De esta forma el incidente titulado “Federal N° 3769″ quedó sentado en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del SIFeGA, institución que deberá evaluar la publicidad del producto considerado ilegal, en diferentes plataformas en línea.