La AFIP anunció la creación del “Programa de Monitoreo Fiscal”. Se analizarán de manera sistemática e instantánea las declaraciones juradas que presenten los contribuyentes. Se creó un nuevo régimen de percepción del impuesto al IVA que producirá más saldos a favor.
Se trata de una nueva modalidad que le permitirá analizar en tiempo real las declaraciones juradas que presenten los contribuyentes, medida que se retroalimentará con un nuevo régimen de percepción del impuesto al valor agregado (IVA) para “reducir las posibilidades de evasión”.Así se dio a conocer esta mañana en el Boletín Oficial, a través de la Resolución General 5329/2023. Mediante el Programa de Monitoreo Fiscal, la administración que dirige Carlos Castagneto aseguró que podrá controlar de manera sistemática, instantánea y permanente las declaraciones juradas presentadas por los contribuyentes y responsables. En una primera etapa, el foco estará puesto en aquellas relacionadas con el impuesto al valor agregado y a las ganancias para personas jurídicas.
“Se prevén maximizar la explotación de los recursos informáticos del organismo, realizando cruces sistémicos inteligentes de los datos colectados, entre otras fuentes, a través de los distintos regímenes de información vigentes”, explicó la normativa. El programa se complementará con las acciones de investigación y fiscalización que se realizan habitualmente.
Para ello, se utilizará una Matriz de Riesgo de Indicadores Fiscales, que determinará un índice aplicable al momento de presentar las declaraciones juradas de cada período fiscal, según el impuesto que se trate. Será confeccionado a partir de la totalidad de los documentos presentados en los últimos 12 meses para los tributos mensuales, y de los últimos tres años para aquellos con período fiscal anual.
La nueva normativa implementó un nuevo régimen de percepción del impuesto al valor agregado, aplicable a las operaciones de venta de productos alimenticios para consumo humano (a excepción de carnes, frutas y hortalizas), bebidas, artículos de higiene y limpieza. El mismo empezará a regir el próximo 1° de abril.
En este caso, se verán obligados a actuar como agentes de percepción los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado. El importe de la percepción se determinará aplicando, sobre el precio neto del producto, una alícuota del 3%. Será del 1,5% en los casos donde las operaciones se vean gravadas con una alícuota del 50% según la ley del Valor al Impuesto Agregado.