El Concejo Deliberante de aprobó por unanimidad la Estabilidad fiscal por 30 años. “Asegurando que no puedan volver a meterle la mano en el bolsillo a los que dan trabajo”.
La Municipalidad de Capitán Sarmiento adhirió a la Ley Nacional de Promoción de la Economía del Conocimiento Nro. 27.570 y creó el Régimen de Promoción para las Empresas del partido “con el objeto de fomentar su establecimiento, consolidación y regularización, contribuyendo así al aumento de actividades productivas, progreso económico y a la creación de nuevos puestos de trabajo”, señalaron en la Ordenanza.El intendente Javier Iguacel, fue quien dio el anuncio a través de sus redes sociales y explicó: “En sesiones extraordinarias, el HCD x unanimidad aprobó: Estabilidad fiscal por 30 años que asegura que no puedan volver a meter la mano en el bolsillo a los que dan trabajo; Desgravación total para actividades que pueden hacer al mundo sustentable”.
En Sarmiento se trabaja. En sesiones extraordinarias, el HCD x unanimidad aprobó: Estabilidad fiscal x 30 años q asegura q no puedan volver a meterla la mano en el bolsillo a los q dan trabajo; Desgravación total para actividades q pueden hacer al mundo sustentable. Copia, hilo👇 pic.twitter.com/Ewjxfvd7dF
— Javier Iguacel (@JavierJiguacel) February 2, 2022
“Colorario de 2 años de trabajo en el que eliminamos 120 de las 130 tasas que había, las que quedaron son de las más bajas de la provincia y eliminamos toda la burocracia que generaba trabas para producir y dar trabajo”, continuó.
Cabe destacar que podrán acceder a los beneficios otorgados por el presente régimen las personas humanas o jurídicas que desarrollen actividades económicas de todo tipo, sean comerciales, agropecuarias, otras primarias, industriales o de servicios en el ámbito del partido de Capitán Sarmiento.
Podrán gozar de los beneficios establecidos en el presente artículo:
Todas las actividades establecidas en la Ley Nacional de Promoción de la Economía del Conocimiento 27.570 y sus modificatorias.
Los servicios de ingeniería, diseño, consultoría tecnológica y asistencia técnica directamente relacionados con las actividades promovidas.
Industrias y/o servicios de diseño, fabricación de equipos y materiales para la generación de energías renovables.
Actividades de producción de energías renovables.
Actividades relacionadas con la separación, selección, transformación y reutilización de los residuos sólidos urbanos e industriales de forma tal que transformen los mismos en productos o materias primas cumpliendo el ciclo de economía circular.
Medios audiovisuales y/o productoras.
Servicios informáticos
Servicios relacionados con el comercio exterior.
Nuevas tecnologías en el ámbito productivo.
Publicidad.
Consultoría
Coworking.
Servicios de enseñanza y capacitación
Turismo receptivo.
Clínicas de servicios médicos y geriátricos.
Diseño y producción de medicamentos, insumos médicos y aparatología.
Centros de servicio administrativo.
Se entiende por estabilidad Tributaria a la garantía de no ser alcanzadas, ni sujetas a nuevas tasas de servicios, derechos o impuestos municipales ni incrementos de las mismas.
Tal beneficio no comprende las actualizaciones por Ripte o inflación, de la Tasa de Inspección por Seguridad e Higiene, conforme lo regulado por la Ordenanza Fiscal Impositiva vigente Nro. 2752/21.