El Registro de la Propiedad Inmueble perfecciona servicios para agilizar trámites. Descentraliza la afectación a la Protección de la Vivienda y ahora los usuarios pueden tramitar el “interés legítimo” vía web.
La Protección a la Vivienda, antes denominada Bien de familia, impide que los acreedores cobren deudas con la venta del inmueble afectado y funciona sobre las deudas contraídas después de la inscripción. A partir de octubre, la afectación puede tramitarse no sólo en Casa Central en La Plata, sino en cualquiera de las quince delegaciones regionales con las que cuenta el Registro en las localidades de Azul, Bahía Blanca, Dolores, Junín, Lomas de Zamora, Mar del Plata, Mercedes, Morón, Necochea, Pergamino, San Isidro, San Martín, San Nicolás, Tandil y Trenque Lauquen.
Para iniciar el trámite se debe presentar: título de propiedad del inmueble a afectar; DNI del propietario y los beneficiarios; constancia de CUIT, CUIL O CDI; documento que acredite el vínculo entre el titular y los beneficiarios; y los poderes para afectar (en caso de que existan). La constancia de la afectación se retira a los 30 días.
Por otra parte, quienes deseen pueden registrarse como usuarios con interés legítimo de forma presencial, o vía web enviando foto de su DNI a serviciosweb@rpba.gob.ar. Las y los registrados podrán solicitar, también vía web o presencial y sin intermediarios, informes sobre sí mismos y de las propiedades a su nombre, tales como Informe de Dominio, Informe de Anotaciones Personales, Copia de Dominio o Índice de Titulares.
Para más información, pueden acceder a https://www.rpba.gob.ar/.