La AFIP comunicó los nuevos valores correspondientes a los aportes y contribuciones destinados al régimen de la Seguridad Social del personal doméstico; ambos conceptos, corren a cuenta de la parte empleadora. Los mismos, van de la mano de la nueva escala de remuneraciones que se empiezan a aplicar en febrero.
La AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) compartió los cuadros tarifarios que regirán desde el mes siguiente. Todos los detalles según edad, horas trabajadas y puesto.Los nuevos valores rigen tanto para el mes de enero y se mantendrán igual hasta finales de febrero de 2023.
La normativa estableció que los nuevos valores comenzarán a regir en febrero, así, el pago de las remuneraciones deberá realizarse teniendo en cuenta los siguientes plazos:
– Para el personal mensualizado: hasta el cuarto día hábil del mes.
– Para el personal remunerado a jornal o por hora: al finalizar cada jornada o cada semana según fuera convenido.
No obstante, la AFIP aclaró que el pago de los aportes y las remuneraciones se realizará hasta el 10 del mes.
“La actualización de los valores permite mantener el financiamiento de los subsistemas de la seguridad social a fin de garantizar el goce de las prestaciones por parte de quienes se encuentran comprendidos en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares”, reza el comunicado oficial de la AFIP.
¿Qué es el régimen de trabajadoras de casas particulares?
Es la manera de formalizar el trabajo de quienes realizan tareas de limpieza, jardinería, cuidado de personas y otro tipo de trabajos domésticos.
La parte empleadora puede deducir del impuesto a las ganancias lo que pague como sueldo y contribuciones de seguridad social (obra social, jubilación, etc.).
Para ello, la parte empleadora puede dar de alta la relación laboral, gestionar los pagos para las empleadas, sus recibos de sueldo y licencias a través del sitio web de la AFIP destinado para ello.
Los trabajadores domésticos tienen el derecho de acceder a cobertura de obra social, jubilación, vacaciones, aguinaldo y ART y, para consultar sus aportes y pagar adicionales para tener cobertura médica o un beneficio previsional, también pueden hacerlo a través del mismo sitio web (https://auth.afip.gob.ar/contribuyente_/login.xhtml?action=SYSTEM&system=regdomestico).
En ambos casos, ya sean empleadores o trabajadores domésticos, pueden ingresar al portal para realizar esas gestionas con el número de CUIL, CUIT o CDI y con la Clave Fiscal.