El IPS dio a conocer la fecha de pago de a jubilados y pensionados correspondientes al mes de septiembre de 2024.
El Instituto de Previsión Social (IPS) comunicó que los jubilados y pensionados de la provincia de Buenos Aires percibirán los haberes del mes de septiembre de 2024 los días viernes 27 y lunes 30 del corriente. Conocé las fechas de cobro del noveno mes del año con tu DNI.En esta oportunidad, los beneficiarios y beneficiarias de la provincia de Buenos Aires percibirán los haberes del mes de septiembre, según el número con el que finalice su DNI. En esta nota te contamos cómo será el cronograma de pagos.
Cronograma IPS de septiembre 2024
Los beneficiarias de IPS podrán cobrar según cronograma que se detalla a continuación:
Viernes 27 de septiembre: Jubilaciones y pensiones con DNI terminados en 0, 1, 2 y 3; Pensiones sociales – no contributivas- con DNI terminados en 0, 1 , 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9.
Lunes 30 de septiembre: Jubilaciones y pensiones con DNI terminados en 4, 5, 6 ,7, 8 y 9.
El organismo previsional recordó además que el vencimiento del pago por ventanilla será el 23 de octubre de 2024.
Por último, el IPS detalló que todos los trámites se continúan realizando de manera online desde el nuevo Sistema de Solicitud de Trámites Previsionales (SSTP). Para iniciar el trámite, se debe ingresar a ESTE LINK.
El IPS simplificó un trámite clave para los beneficiarios
Hace algunos días, el IPS informó que a partir de la Resolución N° 21.294 será más simple realizar uno de los trámites más comunes para sus beneficiarios. Se trata de una medida que busca facilitar el proceso y agilizar los tiempos. Según anunció el organismo, desde ahora ya no será necesaria la renovación de un poder otorgado por un beneficiario/a a un familiar para percibir sus haberes.
De esta manera, los familiares que ejercen la representación de un titular de beneficio del IPS, quedan eximidos de la carga de renovar la autorización para percibir haberes. Esta medida incluye a el/la conviviente en aparente matrimonio.
Además, el IPS confirmó que la autorización sólo perderá vigencia por las siguientes causales: revocación expresa del o la titular; por renuncia del apoderado; o por el fallecimiento de alguno de ellos. Para realizar el trámite y acceder a los requisitos necesarios podés ingresar al siguiente link.